Conectamos a inversores y Family Offices con carteras y activos exclusivos procedentes directamente de fondos institucionales.
Unimos la capacidad de originación de activos procedentes de fondos con el rigor jurídico necesario para estructurar operaciones de alta rentabilidad y soluciones concursales.
Comercialización directa de créditos impagados (Non-Performing Loans) con garantía hipotecaria procedente de fondos institucionales a descuento sustancial.
Adjudicaciones inmobiliarias y desinversión de activos procedentes de ejecuciones bancarias y servicers con saneamiento registral integral.
Adquisición y estructuración de Créditos Dudosos (CDR) y carteras de difícil cobro con colateral real o personal para optimización de recobro.
Asesoramiento jurídico integral en situaciones de insolvencia, planes de reestructuración preconcursal y protección de administradores y socios.
Estructuración técnica de la inversión distressed, régimen de responsabilidad del cedente y mecanismos de maximización de retorno.
La adquisición de Non-Performing Loans (NPLs) implica una cesión contractual de créditos mediante la cual el inversor no adquiere el inmueble de forma directa, sino la titularidad del derecho de cobro y la posición procesal de ejecutante (Art. 540 LEC).
Esta posición transfiere todas las garantías reales y accesorias (hipotecas de primer rango, avales personales y penalizaciones), permitiendo estructurar estrategias duales: reestructuración de la deuda con quita negociada o culminación de la ejecución forzosa para adjudicarse el colateral (REO) en subasta pública o mediante cesión de remate (Art. 647 LEC).
Los Créditos Dudosos (CDRs) constituyen carteras crediticias clasificadas en mora prolongada o con dificultades severas de liquidación voluntaria. Su rentabilidad descansa en la capacidad de auditar la solidez del título ejecutivo y la viabilidad de la traba de bienes presentes y futuros del deudor (Art. 1911 CC).
Mediante una cesión de derechos formalizada en documento público, el inversor obtiene legitimación activa para reactivar procedimientos declarativos o ejecutivos paralizados, explorar daciones en pago o consolidar mayorías en masas pasivas concursales.
En las cesiones en modalidad Pro Soluto, la deuda se transmite con efecto extintivo de la relación entre el cedente y el crédito cedido. A diferencia del régimen Pro Solvendo, el cedente no responde de la solvencia del deudor (*Bonitas Nomen*), trasladando el riesgo económico del recobro al comprador.
El cedente queda únicamente sujeto al saneamiento por *Veritas Nomen*: responder de la existencia, vigencia y legitimidad del título al momento de la venta, garantizando que el crédito no adolece de nulidad radical ni ha sido extinguido o impugnado previamente.
Estudios dogmáticos, criterios jurisprudenciales unificados y resoluciones del Tribunal Supremo y DGSJFP aplicables a la gestión distressed.
Doctrina consolidada de la Sala de lo Civil (STS 276/2026, STS 505/2020 y STS 151/2020) sobre la inaplicabilidad del Art. 1535 CC en ventas en masa de carteras NPL/CDR bajo el Art. 1532 CC.
Criterios de los Juzgados de lo Mercantil sobre la suspensión de ejecuciones singulares, el sacrificio de clases disidentes (*cramdown*) y la superación del Best-Interest Test.
Doctrina registral vinculante sobre el Art. 675 LEC y la expedición del mandamiento de cancelación de inscripciones y gravámenes posteriores tras el decreto de adjudicación.
Criterios unificados para la clasificación homogénea de créditos con garantía real frente a pasivo comercial en marcos de reestructuración preventiva.
La compra de deuda inmobiliaria y créditos dudosos requiere conocimiento especializado, análisis riguroso y estrategia clara. No deje su inversión al azar. Nuestro equipo de abogados expertos en NPL y CDR ofrece el acompañamiento necesario para transformar oportunidades complejas en inversiones rentables y seguras.
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